Cómo cada año, el calendario llega con una serie de novedades fiscales que pueden resultaros interesantes para hacer vuestros cálculos económicos. A lo largo de las siguientes líneas, repasamos diez ítems tributarios que tendríais que tener en cuenta de cara este 2023.
1. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo (IRPF)
- La reducción se aplica a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros. Eso sí, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, diferentes de las del trabajo, superiores a 6.500 euros.
2. Cambios para los contribuyentes que perciban rentas de más de un pagador (IRPF)
- Se eleva el umbral, de forma que no están obligados los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador si la suma de los rendimientos mencionados no supera los 15.000€ (con anterioridad el límite era de 14.000€).
3. Impuesto sobre sociedades: rebaja del tipo de gravamen para determinadas empresas
- Se reduce del 25 al 23 % el tipo de gravamen para las entidades el importe neto de las cuales de la cifra de negocios (INCN) del periodo impositivo inmediato anterior sea inferior a 1.000.000€ y no tenga la consideración de entidad patrimonial.
4. Modificaciones en el régimen fiscal especial aplicable a no residentes
- Se reducen de 10 a 5 años los periodos impositivos en qué lo no residente no tiene que haber sido residente fiscal en el territorio español (con anterioridad al desplazamiento).
5. Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
- Hablamos de un impuesto de carácter directo, personal, progresivo y temporal (se prevé que solo se aplique durante el 2023 y el 2024) que se aplicará a patrimonios superiores a 3.000.000 de euros.
6. Nuevo Impuesto al Plástico
- Se trata de un impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables que se configura cómo un tributo de carácter indirecto. Persigue grabar la utilización de envases de plástico no reutilizables a todo el territorio español. Este impuesto se exigirá a los que realicen la fabricación, la adquisición intracomunitaria y la importación de determinados productos.
7. Novedades en la deducción por maternidad
- Ahora, las mujeres que tengan hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendentes pueden minorar la cuota diferencial hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años hasta que llegue a esta edad.
8. Cambios al IS introducidos por la Ley de Startups
- En relación con las empresas emergentes, se reduce el tipo impositivo aplicable del 25 % al 15 % durante el primer periodo impositivo en que la base imponible sea positiva. En segundo lugar, hay que destacar que se permite el aplazamiento de la deuda tributaria de la IS o de la IRNR en los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva, sin garantías ni intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente.
9. Cambios al IRPF introducidos por la Ley de Startups
- Incrementa la cuantía de la exención de tributación de las stock options (opciones sobre acciones) de 12.000 a 50.000 euros anuales en caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra. Se amplía la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales). También se amplía el tipo de deducción (pasa del 30 % al 50 %).
10. Cambio de coeficiente a la Plusvalía Municipal
- En cuanto al impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, se actualizan los importes de los coeficientes máximos aplicables sobre el valor de los terrenos según el periodo de generación del incremento de valor.
Fuente: gdasesoria.com.