La Audiencia de Girona concluye que tuitear criticando a la familia de la escuela Turó del Drac de Canet de Mar que pidió enseñanza en castellano no es un delito de odio. La sección tercera ha estimado un recurso interpuesto por la defensa del portavoz de Mossos per la Independència contra una resolución del juzgado de instrucción 1 de Olot que lo enviaba a juicio por una serie de publicaciones en redes sociales realizadas entre septiembre y diciembre de 2021 y acuerda archivar la investigación. La Audiencia subraya que "la persona individual y el colectivo a quienes iban dirigidos los tuits no pueden considerarse un colectivo vulnerable" y, por tanto, no se puede tratar de un delito de incitación al odio.
"Los tuits publicados, y por los que el juez instructor entiende que se debe acomodar el procedimiento, reflejan de forma diáfana hostilidad e intolerancia, pero entendemos que no pueden subsumirse en el tipo pretendido", argumenta la resolución de la sección tercera de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente la magistrada Sonia Losada. El origen de la investigación judicial, que ahora la Audiencia ha archivado, son una serie de tuits que el portavoz de Mossos per la Independència, muy activo en redes sociales, hizo criticando a la familia de la escuela de Canet que pidió más clases en castellano.
La resolución del juzgado de instrucción 1 de Olot que dejaba al policía a un paso de juicio por un presunto delito de odio argumentaba que los tuits los hizo a raíz de la resolución del TSJC de octubre de 2021 fijando "una presencia mínima" del castellano como lengua vehicular en el curso de esta alumna de un 25%.
Entre otras cosas, el encausado dijo que actuaban como una "mafia" y animaba a "decir basta a estos inadaptados que pretenden hacernos extranjeros en nuestra propia casa". En otras publicaciones, también decía "si fuera profesor de catalán, en mis clases, el alumno que hablara en castellano tendría un punto menos en el examen" o defendía que el resto de alumnos salieran del aula durante las horas impartidas en castellano: "Que no vengan a Cataluña si quieren escolarización en castellano". "Sigo defendiendo que ningún niño debería quedarse en clase cuando impongan el 25%", añadía.
La defensa del investigado, encabezada por el letrado Benet Salellas, recurrió la resolución a la Audiencia de Girona alegando que hacer estas publicaciones no es delito y pidiendo el archivo del caso. Ahora, la sección tercera le ha dado la razón: "La conclusión no puede ser otra, no constituye un delito de odio cualquier expresión de hostilidad difundida públicamente contra una o más personas que pertenecen a un colectivo o grupo social identificable de personas, aunque sea claramente ofensiva".
La Audiencia expone que la jurisprudencia determina que este delito se circunscribe "exclusivamente" a aquellas acciones "que afecten a miembros de grupos vulnerables, fragilizados o no dominantes" e indica que esto no sucede en este caso. "La sala no puede más que concluir que la persona individual, y el colectivo a quienes iban dirigidos los tuits, no pueden considerarse colectivo vulnerable. Pero además, es relevante que adoptemos como parámetro de referencia la fuerza de afectación en el colectivo del mensaje, y no consta, más allá del número de seguidores que tenía el investigado en sus redes sociales, que el mensaje haya provocado acciones concretas o se haya materializado", concluye la Audiencia.
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