El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido en una sentencia el derecho individual de una alumna de la escuela Turó del Drac de Canet de Mar (Maresme) a recibir en castellano una asignatura principal además de la de lengua castellana. Los magistrados consideran que la legislación y la jurisprudencia obligan a que el castellano sea vehicular al menos en una asignatura troncal y desean garantizarlo al menos en este caso. Por lo tanto, estiman parcialmente el recurso de los padres de la niña, que está en Primaria, en contra de la decisión del Departamento de Enseñanza que quería negárselo. Sin embargo, el tribunal desestima el resto del recurso y mantiene el proyecto lingüístico del centro. La sentencia se puede recurrir ante el mismo TSJC.
El tribunal considera que, aunque el objetivo de la educación obligatoria es que los alumnos dominen igualmente las dos lenguas, no se puede olvidar a las familias que están de paso por Cataluña. Por lo tanto, como ya ha expresado en pronunciamientos anteriores, el tribunal considera que el sistema de inmersión solo debería ser legal en un sistema dual de centros o aulas separadas por lenguas.
Por lo tanto, dicta que mientras la niña esté en el sistema educativo catalán, debe recibir "de manera efectiva en castellano, aparte del área de conocimiento, competencia clave, asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de esta lengua, una o varias áreas de conocimiento, competencias clave, materias o asignaturas adicionales que, por su importancia en el conjunto del currículo o su carga lectiva, puedan considerarse como principales".
Los padres de la niña pretendían que su hija fuera escolarizada con al menos un 25% de las horas en castellano o catalán en toda la educación preuniversitaria. También querían que se anulara todo el proyecto lingüístico del centro, aprobado en 2018-2019, al no considerar igualmente vehiculares ambas lenguas. Además, deseaban que el proyecto lingüístico tuviera en cuenta la mayoría catalanoparlante de los alumnos y, por lo tanto, que el catalán y el castellano tuvieran una presencia equilibrada en la enseñanza. Por último, querían que todas las señalizaciones y comunicaciones del centro fueran en las dos lenguas.
En octubre de 2021, el TSJC dictó una medida cautelar por la cual la niña debía recibir al menos el 25% de las clases en castellano. La Generalitat se opuso y en medio de ello aprobó una reforma de la ley de educación y un decreto ley para garantizar la primacía del catalán como lengua vehicular en la escuela. El TSJC planteó una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) porque tenía dudas sobre la constitucionalidad de algunas disposiciones de la nueva normativa.
Sin embargo, en el caso de Canet, el tribunal considera que se trata de una cuestión individual y, por lo tanto, no es necesario esperar la decisión del TC sobre el conjunto de la normativa. Por eso, el tribunal solicitó a la directora del Turó del Drac que le enviara el proyecto lingüístico para el curso 2022-2023, en el que se detallarían las horas semanales de cada lengua, los criterios para usar una u otra lengua y las medidas de apoyo al alumnado castellanoparlante recién escolarizado.
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