El mundo del autónomo, qué mundo... un planeta con paisajes agradables pero también con aristas puntiagudas y montañas que a menudo parecen imposibles de coronar. Trabajar por tu cuenta tiene una cara agradable y otra de menos lozana. Sobre todo en el Estado español, seguramente uno de los peores países de Europa para ser autónomo. La cuota que pagarás a la Seguridad Social será mucho más elevada que las que se pagan (en los lugares que la contemplan) a la mayoría de países de la Unión Europea. La contrapartida, en principio, es una protección social que no ofrecen otros países del continente.
Sea como fuere, y sin entrar en comparaciones hirientes, ser autónomo significa que tú, como empresario individual, popularmente conocido como trabajador autónomo, eres la persona física que realizarás en nombre propio una actividad económica con finalidad de lucro. Podrás tener trabajadores o no. Según el Canal Emprendido de la Generalitat de Cataluña, estas serían las características básicas del autónomo, y sus ventajas e inconvenientes:
Características
- Control total de la empresa por parte del propietario, que dirige la gestión.
- La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular (empresario), quien responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa.
- No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil (personal).
- No precisa proceso previo de constitución. Los trámites se inician a comienzos de la actividad empresarial.
- La aportación de capital a la empresa, tanto en su calidad como en cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario.
Ventajas
- Es una forma empresarial idónea para el funcionamiento de empresas de medida muy reducida.
- Es la forma que menos gestiones y trámites tiene que hacer para la realización de su actividad, puesto que no tiene que realizar ningún trámite de adquisición de la personalidad jurídica.
- Puede resultar más económico, dado que no crea persona jurídica diferente del propio empresario.
Inconvenientes
- La responsabilidad del empresario es ilimitada.
- Responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en su actividad.
- El titular de la empresa tiene que hacer frente en solitario a los gastos y a las inversiones, así como a la gestión y administración.
- Si el volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipo impositivos elevados puesto que la persona física tributa por tipos crecientes cuanto mayor es su volumen de renta.
Para resumirlo mucho, podríamos decir que tú serás tu propia cabeza y que podrás organizarte el día y la actividad laboral cuanto más te plazca pero que, en contrapartida, esto también comporta una cierta inestabilidad y las correspondientes obligaciones fiscales de las cuales responderás tú como persona física.
Un trabajador autónomo tiene que hacer, cada trimestre, la correspondiente declaración del IVA. Hay guías que explican como hacerlo de manera sencilla. Si no te sales o te hace pereza, por 40€ o 50€ un asesor te gestionará este y todos los temas fiscales que se derivan de tu actividad como autónomo.
Ahora mismo, la cuota mínima que pagas a la Seguridad Social para ser autónomo sube, cuando ya hace tiempo que ejerces como tal, en 289 euros mensuales. El ejecutivo español y las asociaciones de autónomos estudian como reformar el régimen de trabajadores autónomos porque se puedan cambiar, a lo largo del año, las bases de cotización en función de los ingresos de cada trabajador. De todos modos, a pesar de las diferentes especulaciones, este nuevo sistema se encuentra todavía a las beceroles. En cualquier caso, se prevé que no entre en vigor hasta el 2022. Mientras tanto, los autónomos con años de carrera tendrán que pagar, como decíamos, este mínimo de 289 euros mensuales. Si quieres hacerte autónomo por primera vez, en principio podrás empezar con una tarifa plana de 60 euros al mes que va aumentando durante los primeros tres años como trabajador por cuenta propia.
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